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| OBLIGACION DE RETROADAPTAR LOS ESPEJOS RETROVISORES Publicado el: 09/03/2009 Fuente: TRADISNA Resumen: RECORDAR QUE ANTES DEL 31-03-2009 ES OBLIGATORIO HACERLOEl 31 de Marzo de 2009 es la fecha tope para que los vehículos pesados de transportede mercancías matriculados a partir del 1 de Enero de 2000 adapten sus espejos retrovisores, contemplando así la normativa europea existente (Directiva 2007/38/CE), cuya finalidad es mejorar la visibilidad del conductor y disminuir la accidentabilidad derivada del ángulo muerto. Se deberán adaptar los retrovisores de gran angular y de proximidad del pasajero de los vehículos de categoría N2 (de MMA entre 3,5 Tn y 2 Tn) y N3 (más de 12 Tn). |
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